Con fecha 3 de mayo se publicaba en el BOE, más concretamente en su artículo 9, novedades sobre la medidas higiénicas y de prevención para el personal trabajador.
Entre otros temas, los cambios de dicho Real Decreto-Ley tienen impacto sobre el método de registro de la jornada de trabajo, una normativa que se implantó en 2019 y que obliga a las empresas a registrar el horario de sus trabajadores de forma diaria, y a mantener estos datos durante cuatro años. Dicho registro puede efectuarse de formas diversas, utilizando un software de control de presencia o bien otras herramientas.
Ante la situación generada por el estado de alarma, con miles trabajadores ejerciendo teletrabajo, cambios y reducciones de jornada, etc el registro de estos horarios ha generado muchas dudas en las empresas, especialmente en lo relativo a garantizar el cumplimiento de la ley.
El Real Decreto menciona el registro de la jornada laboral ante el COVID-19, haciendo alusión a uno de los métodos de control, el del fichaje por huella dactilar:
» 3. El fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas para protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida».
Con este cambio, se determina que las empresas que garanticen el registro horario mediante este sistema deben sustituirlo por otro o bien proceder a la desinfección en cada uso, algo que lógicamente supone un inconveniente a afrontar por parte de los centros de trabajo.
Una solución al problema generado es optar por soluciones de registro horario que permitan fichar online desde cualquier lugar a través de web o app, ya que, de este modo, la empresa (sea cual sea su tamaño) se adapta perfectamente a la situación actual de una gran parte del personal teletrabajando, así como a los trabajadores que suelen viajar con asiduidad (sobre todo, pero no exclusivamente, del ámbito comercial).
Repasamos los aspectos esenciales de la ley aprobada por el Real Decreto-Ley 8/2019:
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Contar con herramientas para gestionar y controlar los turnos y la presencia de los trabajadores adaptándose a las nuevas medidas de higiene y/o de prevención es una opción disponible con a3gestión del tiempo, puesto que permite realizar una observancia total de su cumplimiento.
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Esta solución se convierte en el aliado perfecto para poder registrar la jornada laboral desde cualquier dispositivo y lugar, a la par que se convierte en el método más que idóneo para desarrollar los mecanismos esenciales que logran gestionar, con una visión 360º, el área de Recursos Humanos:
Finalmente, cabe destacar que el uso de herramientas no sólo es una alternativa óptima para el fichaje por huella dactilar; es un recurso excelente para cubrir de modo global y exhaustivo las medidas establecidas por el Gobierno, implementar políticas de equidad en la empresa, accionando cambios e integrando las soluciones más adecuadas para el área de Recursos Humanos.